«Rechace cualquier iniciativa destinada a modificar las normas vigentes para facilitar la práctica de abortos»

El abogado rafaelino Pablo Possetto le escribió una carta al senador nacional Omar Perotti sobre el proyecto de legalización del aborto que a continuación se transcribe: He tomado conocimiento de su intención de proponer un Proyecto de Ley alternativo al que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados a través del cual se legaliza el derecho al aborto, con el loable objeto de evitar que mujeres inocentes, en especial estado de vulnerabilidad, sean sancionadas penalmente por la comisión del delito de aborto, y frente a ello me tomo el atrevimiento de escribir la presente a efectos de poner a vuestra disposición información según la cual resultaría desaconsejable, para lograr el mencionado fin, avanzar en la línea de incrementar los supuesto de despenalización del aborto. Esta información, que incorporo seguidamente, fue tomada de la exposición que el Dr. Sebastián Schuff efectuó en la reunión informativa del 24 de abril de 2018 sobre los proyectos de ley de legalización del aborto en debate ante las Comisiones de Legislación General, Legislación Penal, Acción Social y Salud Pública y Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, publicado por el Centro de Bioética Persona y Familia (www.centrodebioetica.org) el 7 de mayo de 2018. Como usted sabe, el aborto es un delito contra la vida, lo cual resulta lógico en la medida que comporta varias clases de males y consecuencias dañinas (especialmente la muerte de un bebe inocente), que la pena, en la medida de lo posible, intenta resolver, a través de su función preventiva, reeducativa, pedagógica, de corrección interior, entre otras, y es por ello que incluso el Proyecto que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación, mantiene la pena para los casos de atentados contra la vida de bebes deseados por la madre. Además, cualquier decisión de avanzar con la despenalización del delito de aborto, no solo resulta incompatible con la Constitución Nacional (especialmente la Convención de los Derechos del Niño, de rango constitucional), sino que además resulta innecesaria para proteger a las mujeres vulnerables que por especiales circunstancias, en un momento de sus vidas, se encuentran frente a la posibilidad de recurrir al aborto, desde que el sistema penal vigente en Argentina es uno de los más humanitarios del mundo en la aplicación de la pena de aborto para la mujer, y ya garantiza dicho protección pues: -Conforme el artículo 88 del Código Penal, la mujer que causa su propio aborto o consiente que otro lo cause, es sancionada con pena de prisión de cuatro años, y la que incurre en tentativa de aborto no es punibles. -Si el aborto es consumado, la mujer sin antecedentes penales puede acceder a la suspensión del proceso a prueba (“probation”), previsto por el artículo 76 bis del Código Penal, logrando la suspensión del juicio a cambio de reglas de conducta (usualmente: la realización de tareas comunitarias); -Si después de consumar uno a varios hechos (ya que, dependiendo del momento en que fueron cometidos y de las reglas del concurso de delitos, pueden ser varios), la mujer vuelve a cometer un aborto el Código, conforme lo indica el art. 26, le da la posibilidad de acogerse a una condena en suspenso, por lo que, de ser condenada no irá a prisión. -Si la mujer, una vez más, vuelve a ser imputada por la comisión del delito de aborto consumado, recién en este momento irá a juicio oral y, en el caso de un resultado condenatorio, deberá atenerse a una condena de prisión. -Por consiguiente, conforme las previsiones del actual Código Penal, el delito de aborto puede consumarse hasta en tres oportunidades distintas y recién en este momento, la mujer se enfrentará a la posibilidad real de condena de prisión efectiva. A su vez, si la mujer no tuvo posibilidad de comprender la criminalidad del acto o de dirigir sus acciones, no será punible (art. 34, inc. 1°, del Código Penal), y si hubo falta de actuación libre en razón del estado de desesperación, o de una limitada posibilidad de comprensión, nos encontraríamos ante un supuesto de imputabilidad disminuida. A menor comprensión y libertad, menor reprochabilidad y, en consecuencia, menor punibilidad. Asimismo, en cuanto a las adolescentes y niñas menores de edad, la ley establece clara y tajantemente que los menores de 16 años no son punibles, es decir no se les aplica ninguna clase de pena. A lo indicado debe agregarse que no existe hasta el momento una mejor forma de proteger los bienes jurídicos más importantes (como lo es el derecho a la vida de bebes no nacidos en especial estado de vulnerabilidad e indefensión), que a través de la amenaza de una sanción, que más allá de que pueda o no verificarse en el caso concreto es pedagógica, y hace a la constitución de los valores más importantes de cada sociedad. Por consiguiente, es claro la decisión de eliminar la protección penal tuitiva del niño por nacer, no modificaría la situación de las mujeres que sin buscarlo se encuentran en estado de vulnerabilidad por un embarazo no programado y que por ello acuden al aborto, e implicaría renunciar al Estado de derecho, afectar la premisa de que debe rechazarse toda violencia particular y letal, e instalar la idea de que la vida humana no es digna de la protección penal irrestricta, generando además la idea de que también la salud física, la integridad sexual, la libertad o cualquier otro bien jurídico tutelado por el código tampoco lo es. Por todo lo expresado, me atrevo a pedirle de todo corazón, en nombre de los millones de argentinos que deseamos defender la vida de la mujer y del bebé no nacido, que rechace cualquier iniciativa destinada a modificar las normas actualmente vigentes en nuestro país para facilitar la práctica de abortos, y que continúe trabajando, como hasta ahora, por el bien de todos los argentinos, impulsando propuestas para la protección de la mujer embarazada y el niño por nacer en especial estado de vulnerabilidad, para que de ese modo nuestro hijos y nietos pueda recordarlo como aquél gran político que supo proteger la vida de millones de inocentes. Le dejo un fuerte abrazo, oro por usted y por el resto de los legisladores, y ruego a Dios que lo bendiga.

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