Fitosanitarios: la audiencia pública tuvo una variedad de expositores

El juez Matías Colón, a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación, interrogó durante más de dos horas a ambientalistas; productores; concejales; funcionarios municipales; representantes del Ministerio Público Fiscal, SENASA, INTA, Colegio de Ingenieros Agrónomos de Santa Fe; y abogados. La sentencia se conocería en los próximos meses.

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Por Emilio Grande (h.).- Durante más de dos horas, este martes se realizó una histórica audiencia pública en el juicio por el límite a las fumigaciones con los agroquímicos en el periurbano de Rafaela, en el segundo piso de los Tribunales, convocada por el juez Matías Colón, a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación (vacante).

La metodología fue muy dinámica, desfilando por el estrado distintos actores sociales involucrados: ambientalistas; productores; concejales; funcionarios municipales; representantes del Ministerio Público Fiscal, SENASA, INTA, Colegio de Ingenieros Agrónomos de Santa Fe; abogados, entre otros, quienes respondieron a las preguntas del magistrado, quien aclaró que la audiencia fue de carácter informativa sobre la nulidad del artículo 4º de la ordenanza 5331 de carácter regresivo. A decir verdad, es imposible volcar todo lo expresado, compartiendo algunos momentos de los expositores.

Primeramente, expusieron los ambientalistas Guillermo Dalmazzo de ADAPA, Sergio Ambrogi de Amigos de la Vida, Ana Santucci de la Asociación Barbiana La Casona y su asesor legal Enrique Marchiaro. A través del colectivo “Rafaela sin venenos”, que se formó luego de la mencionada norma, quienes juntaron unas 900 firmas.

“En cuanto a la discusión técnica sobre productos biológicos u orgánicos se trata del primer caso del país. En la causa hemos acompañado los informes de Rafael Lajmanovich biólogo de la UNL, el médico Damián Verzeñassi de la UNR (están dentro de la causa judicial) y del ingeniero (Horacio) Beldoménico (ingeniero químico) sobre una serie daños reales y/o potenciales a la salud humana y al medio ambiente”, precisó Marchiaro, para agregar que “la condición elemental para presentar la demanda fue el informe Beldoménico. La regresividad que hemos denunciado se presuponía desde el punto de vista jurídico. El tipo de contaminación que estamos denunciando es crónica y silenciosa”.

Dalmazzo sostuvo que “se puede producir sin la aplicación de productos para la eliminación de la biodiversidad. La solución que se puede llegar a desarrollar es que se comprenda de parte de los dueños de esos territorios que se puede producir sin aplicación de productos de síntesis biológica, química u orgánica, pero si lo quieren hacer de esa manera lo pueden efectuar luego de los 200 metros”.  

Por su parte, fue el turno de la parte demandada con los funcionarios municipales Daniel Fruttero (fiscal), Paz Caruso (secretaria de Ambiente y Movilidad), Juan Nittmann y la doctora Camila Walker.

“Las observaciones parciales y totales de algunos artículos obedecieron a la ausencia de fundamentos científicos y técnicos para la adopción de determinadas medidas, la fijación de la distancia en el caso del cinturón ecológico. El veto del Ejecutivo se centró en la aplicación de los principios del derecho ambiental: precautorio, progresividad y de no regresión. Esto motivó la incorporación de una disposición transitoria en búsqueda de esa información. Hubo un trabajo conjunto de la comisión creada por la ordenanza para recabar información sobre qué tipo de productos podrían ser aplicables, bajo qué condiciones y con qué medidas de prevención y seguridad”, señaló Futtero.

Por parte del Ministerio Público Fiscal estuvieron Carolina Castellano y Clarisa Neuman. “Analizamos que se trataba de intereses generales de la sociedad y estaba comprometido el medio ambiente. Se hizo una evaluación y solicita presentarse como parte en el juicio. Para la parte actora puede haber problemas en la salud como alergias crónicas, cancerígenos, problemas renales y de la eco-toxicidad como la flora, la fauna, el medio ambiente, los invertebrados. Por otro lado, no hay una certeza absoluta en una ciencia acabada de que no se produzcan daños. Hay un principio precautorio que en caso de duda hay que anticiparse al daño, a favor del ecosistema; hay una causa que llegó a la Corte cuando no hay certeza absoluta siempre se está a favor del medio ambiente”, remarcó Castellano.  

Neuman agregó que “está reconocido en el propio veto del Ejecutivo para investigar sobre posibles afectaciones por el uso de estos productos se está planteando una incerteza científica y el derecho ambiental tiene la respuesta que es resolver a favor de la protección del ambiente”.

Luego fue el momento de los concejales Germán Bottero (presidente del cuerpo) Leonardo Viotti, Lisandro Mársico, Brenda Vimo y Juan Senn. En su momento hubo tres proyectos, prosperando el de Juntos por el Cambio. “Hay antecedentes de casi 10 años desde los primeros proyectos presentados hasta la sanción de la ordenanza, tomándose muchos contactos, se generó una agenda de trabajo recibiéndose a personas e instituciones. Juntos por el Cambio pidió la presencia de funcionarios y no tuvimos la respuesta del ministro de la Producción Daniel Costamagna, el senador Alcides Calvo y de Paz Caruso responsable del Ambiente municipal”, dijo Bottero.

Más adelante,  hablaron los integrantes de la comisión técnica creada por la ordenanza para hacer un seguimiento de la norma: Jorge Villar del INTA Rafaela, Jorge Ghiano de la Sociedad Rural de Rafaela, Leandro Roggero del SENASA, Fernando Belinde de Productores Unidos y los ediles Mársico, Viotti y Vimo. “Lo que hizo la comisión fue recabar toda la información necesaria, consultando al SENASA y al INTA sobre cómo se podían usar las limitantes de esos productos, cuál sería el potencial uso y el impacto del uso de esos productos desde el punto de vista productivo. Cómo se aprueban los productos por parte del SENASA, qué eran los productos fitosanitarios de síntesis y los orgánicos”, mencionó Villar.

Después hubo precisiones técnicas de Sebastián Gómez del SENASA (vía zoom) sobre los criterios para controlar los fitosanitarios químicos y biológicos. También de Luis Carrancio del INTA Oliveros, quien mencionó el método del “factor viento” para pulverizar para el otro lado. Roggero del SENASA destacó que en Rafaela se aplican productos de banda verde, que es un ejemplo a nivel país controlados por inspectores del Municipio.

Luego, hablaron los productores con la intervención de Marcos Delfabro, Juan Zimmermann, Fernando Belinde y el Dr. Roberto Gianfelice. Abundaron detalles en las buenas prácticas, el asesoramiento de ingenieros agrónomos, la aplicación de controles, la capacitación constante con las nuevas tecnologías, la forestación con la plantación de 1.500 especies (700 en el último año) para hacer una barrera forestal en la ruta 70 y la variante, entre otros aspectos.

También expuso la doctora Mónica Fiorillo como asesora de menores, remarcando que no puede haber transacción cuando está en juego la salud de la población, especialmente a los menores afectados, estando en juego las generaciones futuras.

Finalmente, cerró Oscar Ascheri presidente del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Santa Fe, también vía zoom, quien opinó que en general hay un Estado ausente en el proceso de control de las aplicaciones fitosanitarias y la ausencia de profesionales en el cumplimiento de ley.

¿Cuándo será el fallo?

Recordemos que el 2 de diciembre de 2021 el Concejo Municipal aprobó la ordenanza 5331 para regular el uso de los fitosanitarios y el límite agronómico, luego vino el veto propositivo del Ejecutivo municipal y finalmente las ONGs ADAPA y Amigos de la Vida presentaron una medida cautelar, invocando la ley 10.000 de intereses difusos, con el patrocinio del Dr. Enrique Marchiaro, suspendiéndose el artículo 4º que establece concretamente el metraje de las fumigaciones (0-50 metros no fumigar y de los 50-150 metros con pulverizaciones autorizadas), con lo cual se mantiene por el momento los 200 metros que estaban vigentes hasta que se resuelva la decisión judicial.

En este sentido, el magistrado interviniente tiene que resolver si se va a aplicar o continuará con la prohibición de los productos orgánicos de 50 a 200 metros, cuya sentencia se conocerá en los próximos meses, según informaron fuentes ante la consulta de este cronista.

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