Escuela 504 de Susana: citan a testigos del acto

En el Juzgado Correccional se tomarán las declaraciones testimoniales a Gustavo Nieto quien hizo la denuncia penal ante el fiscal Degiovanni y a los profesores organizadores del acto recordativo. Luego una indagatoria a la directora Patricia Guntern.

Por Emilio Grande (h.)

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A partir del martes 28 de abril empezarán a tomarse las testimoniales en el Juzgado Correccional a cargo de Osvaldo Carlos en la causa que se investiga la presunta apología del delito en el acto del 24 de marzo en la escuela 504 de Susana, según informaron fuentes tribunalicias ante la consulta de este cronista. El primero en ser citado será Gustavo Nieto -padre de Yoana, alumna de 2do. año-, quien hizo la denuncia penal ante la fiscalía N° 1 a cargo de Hugo Degiovanni, quien luego elevó el expediente al citado Juzgado, como así también en la Regional III de Educación con sede en Rafaela y ante el INADI de Santa Fe. Seguramente, Nieto ratificará la denuncia presentada ahora ante el magistrado, ampliando detalles de lo ocurrido en el acto para recordar el último golpe de Estado ocurrido en 1976. Después será el turno de los profesores intervinientes y organizadores del acto para conocer qué relación tuvieron con el hecho, como testigos directos, entre otros. Finalmente, será la indagatoria a la directora de la escuela Patricia Guntern en calidad de imputada, quien tiene el derecho a la defensa. Lo que se está investigando es qué dijo la directora ese día y en qué contexto. Conviene recordar que la denuncia no es sobre la determinación que tomó de apagar el equipo de DVD que exhibía imágenes de la película «Garaje Olimpo» sino la supuesta frase de «dos verdades» en alusión a la teoría de los dos demonios, es decir la guerra entre los militares y los grupos guerrilleros. En la entrevista radial con el programa «Sábado 100» (Mitre Rafaela, FM 91,9) Guntern rechaza esa acusación: «hay una verdad que existió, fue el proceso militar y nadie lo niega: que hubo genocidio de Estado, atropello, terrorismo de Estado, eso yo jamás lo negué y siempre lo enseñé». El Código Penal en su artículo 213 trata la apología del crimen, expresando que «lesiona la tranquilidad pública por el temor que despierta (…) Hace apología quien exalta, pondera, elogia o presenta como laudable o meritorio el delito cometido o al condenado por un delito (…) La apología debe ser hecha públicamente, independientemente del medio utilizado, admitiéndose tanto el lenguaje escrito como oral y hasta mímico». En caso de comprobarse este delito, será reprimido con prisión de un mes a un año el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito.

LESA HUMANIDAD

Ciertamente, que en el período 1976-83 hubo terrorismo de Estado y los responsables de las juntas militares fueron juzgados, cuyos delitos fueron declarados de lesa humanidad, es decir imprescriptibles. No ocurrió lo mismo con la responsabilidad -fue en menor medida- que le cupo a los cabecillas de las organizaciones armadas (Montoneros, ERP, FAR) que actuaron clandestinamente en el período anterior a 1976 y no fueron juzgados, prescribiendo sus causas. En las últimas horas se conoció un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario al confirmar que el secuestro y posterior asesinato del coronel Argentino del Valle Larrabure, ocurrido durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón por la agrupación guerrillera ERP debe ser considerado «crimen de lesa humanidad», según publicó anteayer La Nación. Pero el organismo que encabeza el procurador general de la Nación Esteban Righi aclaró que se trató de una resolución sobre temas estrictamente procesales, cuestionó la «banalización» y «manipulación» de figuras del derecho penal internacional por parte de sectores de la prensa que no identificó y destacó que «la reiterada desinformación que se viene observando» alrededor del caso Larrabure «parece responder a motivaciones ajenas al proceso penal», publicó ayer Página12.

Emilio Grande (h.)

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