No hay asesinos buenos y malos: hay que juzgar a todos

La Cámara Federal de Rosario dio un paso en la otra dirección: si el fiscal requiere la instrucción de una causa penal, se podrá juzgar un gravísimo delito cometido por el Ejército Revolucionario del Pueblo contra el coronel Larrabure.

Por Adrián Ventura (Buenos Aires)

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Desde 2003, la justicia argentina se volvió parcial y, por eso, no hizo justicia. Acomodados en un falso discurso único y pseudoprogresista, el Gobierno, los funcionarios, los organismos de derechos humanos y los jueces vienen enjuiciando a los militares de los 70 por imperdonables delitos de lesa humanidad, pero esquivaron juzgar a los guerrilleros.

Ahora, la Cámara Federal de Rosario dio un paso en la otra dirección: si el fiscal requiere la instrucción de una causa penal, se podrá juzgar un gravísimo delito cometido por el Ejército Revolucionario del Pueblo contra el coronel Larrabure. Pero el proceso no será simple.

Los derechos humanos no son de izquierda o de derecha: los derechos humanos son para todos.

¿Cuál es la alquimia que permite que el falso progresismo vernáculo critique correctamente la discriminación en todas las áreas pero, a su vez, le parezca válido discriminar cuando se trata de juzgar a militares y esquivar el juzgamiento de montoneros y erpianos que cometieron delitos?

En los años 70, muchos hombres y mujeres que ideológicamente simpatizaban con las ideas del ERP y de Montoneros fueron injustamente secuestrados y torturados. Son víctimas que tienen derecho a justicia. Pero ¿no hay justicia para las víctimas de guerrilleros que sí cometieron crímenes? Larrabure fue torturado por el ERP durante 372 días y fue asesinado. ¿Acaso las torturas le dolieron menos?


En 2003, el ex presidente Néstor Kirchner tuvo la oportunidad de impulsar la justicia total de los crímenes de los 70, que sólo había logrado una satisfacción parcial cuando, en los 80, la Cámara Federal y la Corte Suprema condenaron a las juntas militares.

Pero Kirchner torció la historia. Y la Corte, que en el caso Simón (2005) consideró que los delitos de lesa humanidad cometidos por funcionarios del Estado son imprescriptibles, nunca admitió que el Tratado de Roma y las sentencias del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (caso Martic, 2007) dicen que los delitos de lesa humanidad también pueden ser cometidos por organizaciones no estatales y que dañar a una víctima inocente en un conflicto armado interno es siempre un delito imprescriptible.


La causa Larrabure, hasta ahora, avanzó poco: fue prematuro y equivocado discutir si los delitos de lesa humanidad de guerrilleros pueden ser juzgados o prescribieron. Cuando en el futuro aparezca un eventual imputado, éste podrá reeditar ese debate en todas las instancias. Allí habrá otra dilación.

Y, por otra parte, una cosa es castigar a los autores materiales del secuestro y otra distinta es pretender la condena penal de los responsables políticos, legisladores y funcionarios de la época que favorecieron esos crímenes. Para lograr lo último, deberá probarse que esos funcionarios no sólo cometieron desatinos, sino que organizaron la guerrilla como un plan sistemático y fueron autores mediatos de esos crímenes.

Fuente: Adrián Ventura en diario La Nación, Buenos Aires, 21 de abril de 2009. El autor vino a Rafaela a dar una charla en 2006 en la UCSE DAR.

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