La persistente cuestión social

Por Jorge S. Muraro (Santa Fe)

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La más honda preocupación por la cuestión social se suscita con la doctrina cristiana sobre la cual expuso el Papa León XIII en su Encíclica “Rerum novarum” (15-5-1891), inaugurando con ella la serie de documentos pontificios que -en sucesivas épocas conmemorativas- compendian el Magisterio Social de la Iglesia. Aun cuando la “doctrina social” contenida en las encíclicas de los romanos pontífices no pertenece, en rigor, al magisterio infalible del Vicario de Cristo, habrá que reconocer empero que su pensamiento posee suficiente y relevante autoridad moral y científica, porque la enseñanza que imparte responde a una doctrina cuidadosamente investigada y minuciosamente revisada y actualizada en cada momento de su formulación, con una tradición de pronunciamientos acertados para cada época de la historia humana. Más que la expresión de un pensador o la ideología de una escuela, es la manifestación de un convencimiento categórico -en ciencia y conciencia- en torno a la cuestión de la reforma social, enunciada y proclamada por quienes tienen y sienten la responsabilidad cristiana de un magisterio universal y trascendente. La observación de un proceso socializador -a través del tiempo- en todos los órdenes de la “cuestión social” permite advertir la tendencia fluctuante a una postura dependiente -cada vez más necesariamente medio en que la gente vive, actúa y se desarrolla en la búsqueda de su progreso personal y social. Esa misma realidad -de inevitable influencia- ejerce una gravitación ineludible en el comportamiento de la convivencia humana, toda vez que ha de responder a exigencias naturales y vitales de las personas y sociedades, pero exige y reclama el adecuado ordenamiento de ciertas funciones y principios (“solidaridad” y “subsidiariedad”) como medios esenciales e instrumentales para el fin social o bien común, en la justificación última del “ser-en-sociedad”. Cuando se creía definitivamente superada la caída premisa liberal, inspirada en la libertad ilimitada y omnímoda; cuando la ansiedad o la ensoñación de una convivencia pacífica por el solo equilibrio de intereses -incontrolado y espontáneo- se torna imposible o ilusoria; cuando la libre competencia actúa mediante factores de ficción o fuerzas antagónicas de estabilización recíproca, con un empeño utópico y casi malogrado; es allí precisamente en esos trances angustiosos en los que la “cuestión social” pareciera dirimirse en otros términos con mayor vehemecia: ni siquiera en el dilema entre intervensionismo o abstencionismo del Estado, o en la opción “dirigismo estatal” o planificación estatal, libre competencia o iniciativa privada, sino más bien, con qué propósito ese “asistencialismo” o ese “dirigismo” estatal o privado justifican el poder político del Estado o la función subsidiaria del poder social ordenando y regulando la participación concurrente de los cuerpos sociales entre sí y, aún dentro del Estado, la acción recíproca entre gobernante y gobernados. Dentro de ese complejo esquema de opciones o dilemas se concentra -diríase- toda la organización del poder social, y su restauración o reforma involucra el recto y justo orden de competencias en la distribución o el reparto de las responsabilidades públicas acordes con los principios éticos de la función social (bien común, justicia social, subsidiariedad, solidaridad, cooperación), aplicables no sólo en el ámbito interno del país, sino inclusive en el universo mancomunado de naciones en beneficio del bien común internacional. La situación social de los países dependientes, con vulnerabilidades cuasi congémitas, es de muy difícil prospectiva. Pues, mientras se sigan aplicando “políticas sociales” inspiradas y apoyadas tan sólo en un irreductible “pragmatismo economicista”, el desorbitado lucro de intereses corporativos prevalecerá muy por encima del justo reparto del bien común, de la solidaridad y la cooperación mutua que constituyen los principios éticos, los valores y las virtudes del orden social por excelencia… Y por ende, sería casi utópia pensar que los consagrados “ derechos sociales”, de raigambre constitucional, con fundamento natural y por tanto universal en los inalienables “derechos humanos”, logre por fin que sean definitivamente respetados con profunda sensibilidad humanitaria, y sus beneficios reconocidos, concedidos y administrados al amparo de las estrictas garantías de una “Justicia social” auténtica, amplia y perdurable… Acaso una planificación socio-política indicativa, en la opción de los grandes proyectos, sin ser absoluta no excluyente de la iniciativa social y sin acudir a un poder totalizador en ninguno de los extremos (estatal o privado), podría contribuir con medios más aptos, seguros y eficaces a un proceso previsor y predictivo a favor de aquélla política capaz de revertir las graves y desbordantes amenazas de la “cuestión social”. En oposición a la libre opción, un Estado planificador imperativo, sin admitir la debida concurrencia de los entes coactores de la economía social, predispone el paulatino y firme avance del poder político sobre la organización misma de la sociedad. Por ende, la persistente cuestión social de ambos (Estados versus Sociedad) se convierte, al cabo, en una insoluble problemática del Estado porque, con el deterioro progresivo de la urdimbre social, se arriesga la libertad a cambio de la seguridad que el Estado, en menor parte, promete amparar o proteger, y en mayor parte, descuida realizar. Si es así y no de otra forma, “(…) Tenga bien entendido los que gobiernan: que mientras más vigorosamente reine el orden jerárquico entre las diversas organizaciones sociales, siendo más eficaz el poder social.” (Pio XI, Quadragesimo anno, 5-35: (1931)- La restauración del orden social).

El autor vive en la ciudad de Santa Fe y envió este artículo especialmente a la página www.sabado100.com.ar.

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