La Justicia falla en contra de la Asociación Médica

La jueza Susana Rebaudengo ordenó la unificación contable y patrimonial de la entidad médico gremial y la sociedad anónima creada para adquirir el Policlínico Rafaela. También consideró que se ocultó información a los asociados y que hubo un supuesto abuso de personalidad jurídica.

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La Comisión Directiva de la Asociación Médica del Departamento Castellanos recibió un duro revés judicial: la jueza Susana Rebaudengo resolvió que “la actuación de la Sociedad Anónima AMDC SA deberá imputarse a la AMDC (entidad controlante); asimismo corresponde suprimir la separación patrimonial unificando los estados contables de la AMDC SA y de la AMDC a partir del año 2001”. La resolución judicial adoptada el día 28 del mes pasado echa por tierra el andamiaje legal utilizado por la directiva de la entidad médico gremial para realizar una serie de controvertidas operaciones como la adquisición del Policlínico Rafaela a través de una Sociedad Anónima.

En el fallo de la jueza de primera instancia del fuero Civil, Comercial y Laboral al que tuvo acceso Castellanos, se desprende que hubo “un supuesto abuso de personalidad jurídica”. “Del examen de la prueba arrimada a la causa surge que como ya lo señalara la AMDC es una asociación civil que persigue la realización de un fin de bien común no lucrativo; no obstante hay que aclarar que en virtud de lo que dispone el artículo 3ero. de la Ley de Sociedades, las asociaciones, cualquiera fuera su objeto, pueden adoptar la forma de sociedad bajo alguno de los tipos previstos en esa ley. Pero la constitución de una Sociedad Anónima por parte de directivos de la Asociación con fondos de esta igualando las acciones, es antijurídico; la Comisión Directiva no tiene facultades para ello; por otra parte para efectuar inversiones extraordinarias, según se desprende de la pericial contable, la Asociación debió tener la previa aprobación de la Asamblea”, señala el fallo de la doctora Rebaudengo.

Asimismo la magistrada considera que “la celebración del contrato de administración y gestión, de fideicomiso en garantía, de compra venta de derechos y acciones se han efectuado a través de una Sociedad Anónima unipersonal, como ya lo señalara y por ello controlada ya que los estatutos de la asociación no contemplan la posibilidad de celebración de los referidos contratos”.

“La Asociación crea una Sociedad Anónima -continúa el decisorio judicial- con un directorio propio controlada por la asociación donde sus socios no tienen derecho alguno, lo que les impide obtener información y realizar actos impugnativos internos”.

Las consecuencias de la resolución judicial son realmente amplias, ya que entre otras cosas la magistrada dispone que “ante la ausencia del presupuesto de aprobación previa por la Asamblea resulta nulo el contrato de administración celebrado y la totalidad de los pagos realizados como consecuencia del mismo, como también el contrato de fideicomiso en garantía celebrado”.

Una sociedad unipersonal

En otro de los pasajes centrales del fallo la jueza Rebaudengo sostiene que “la Sociedad Anónima aparenta tener independencia de la Asociación pero en realidad es una parte integrante de la misma; se utiliza la Sociedad Anónima y un contrato de fideicomiso para encubrir una sociedad unipersonal, pues la Asociación Médica, a través de sus directivos fiduciarios posee el 100 por ciento de las acciones de la SA y fue la que aportó el dinero para la suscripción e integración del capital accionario y la que aporta el dinero para su funcionamiento”.

“Por otra parte, surge de la documental (…) que las decisiones eran adoptadas por las mismas personas físicas; además de ello, ambas tienen el mismo domicilio -Mitre 111- y los mismos abogados asesores: Roberto Tessio y Adriana Salari”, afirma el documento de 70 páginas.

La resolución judicial llegó casi en simultáneo con la frustrada inspección que intentó realizar una delegación del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes), otro hecho divulgado en exclusiva por este diario y que entre otras cosas podría derivar en la intervención de la Mutual de la Asociación Médica.

Peritaje de la Corte Suprema

Para elaborar su resolución la jueza Rebaudengo se basó en buena medida en el informe pericial de la Corte Suprema de Justicia de la provincia que difundió en exclusiva este diario y que entre otras cosas dictaminó que la AMDC SA y la AMDC en realidad son una misma persona jurídica.

El fallo de primera instancia confirma una buena parte de los hechos que sacó a la luz pública la investigación periodística desarrollada por Castellanos y que generó una serie de reacciones destempladas de parte de los directivos involucrados.

La Justicia determinó ahora que lo publicado por este diario no es falso y que los directivos tomaron decisiones sin el aval de los médicos asociados a quienes además se les privó el acceso a la información, el único medio de comunicación de la ciudad que se interesó por los entretelones de la operación e investigó a pesar de las numerosas y múltiples presiones recibidas.

Fuente: diario Castellanos, Rafaela, 6 de marzo de 2007.

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1 thought on “La Justicia falla en contra de la Asociación Médica

  1. Muy interesante blog! Hace poco leí un reportaje sobre el mismo tema en un portal colombiano dedicado a proveer información electoral y sobre los candidatos en Colombia, especialmente lo relacionado con las elecciones 2010 en Colombia y con los candidatos al congreso y a la presidencia.

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