Inconstitucionalidad de la reforma del Consejo de la Magistratura

Se trata del editorial del programa “Sábado 100” que conduce Emilio Grande (h.) por radio Sol (FM 90,9). El espíritu constitucional de 1853 ratificado en la reforma de 1994 en Santa Fe mantiene la división de poderes: Ejecutivo, Legislativa y Judicial, teniendo que haber un sano equilibrio y balanceo para que ninguno de los tres busque hegemonizar sobre el resto ni sobre las instituciones, como lamentablemente busca este Gobierno con sus rasgos autoritarios.

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Por Emilio Grande (h.).- Como en casi todas las batallas que libra el kirchnerismo desde hace 10 años que está en el poder, siempre juega al todo o nada. Nuevamente recibió un mayoritario no del la Corte Suprema de Justicia al declarar hace unos días inconstitucional la reforma del Consejo de la Magistratura. En un fuerte revés para la presidenta Cristina Kirchner, el máximo Tribunal se manifestó en contra de la ley impulsada por el oficialismo y votada en el Congreso, que estipulaba la nueva composición del organismo y la elección por voto popular de sus miembros. Como consecuencia, quedaron invalidadas las elecciones de consejeros (previstas para las próximas primarias del 11 de agosto), sin perjuicio de que se puedan realizar los comicios para las categorías de senadores y diputados. En un fallo de 67 páginas, la Corte convalidó lo sentenciado por la jueza María Servini de Cubría y declaró inconstitucionales los artículos 2º, 4º, 18 y 30 de la ley 26.855. “Es inválido obligar a los jueces, abogados y académicos a someterse a elecciones populares”, determinó el máximo Tribunal presidido por el rafaelino Ricardo Lorenzetti en su sentencia. Además, consideró inconstitucional la nueva composición del Consejo de la Magistratura, que estipula la ley sancionada a instancias de Cristina Kirchner. El fallo fue avalado por seis de los siete miembros de la Corte Suprema, mientras que el juez Raúl Zaffaroni firmó en disidencia. En este programa de radio, el ex camarista Omar Vecchioli se mostró a favor del fallo de la Corte Suprema porque le puso límites al Gobierno y, además, era una contradicción dejar al Congreso para que aprobara el proyecto del gobierno nacional, preguntando en voz alta si los legisladores desconocen la Carta Magna, son ignorantes o hubo mala intención. ¿Qué autonomía de libertad de pensamiento y acción vienen teniendo los legisladores oficialistas que votan a libro cerrado los proyectos de Cristina? Entre ellos se encuentra el diputado rafaelino Omar Perotti. Alberdi afirmaba que “la más esencial e importante limitación de las facultades legislativas consiste en no dar ley que contravenga o altere el sentido de la Constitución o de las leyes sueltas de carácter constitucional”. El espíritu constitucional de 1853 ratificado en la reforma de 1994 en Santa Fe mantiene la división de poderes: Ejecutivo, Legislativa y Judicial, teniendo que haber un sano equilibrio y balanceo para que ninguno de los tres busque hegemonizar sobre el resto ni sobre las instituciones, como lamentablemente busca este Gobierno con sus rasgos autoritarios.

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